miércoles, 24 de agosto de 2011

El Caso Porgo.


La aparición jurisprudencial del problema del reenvío se produce con el célebre caso de Franz Javier Porgo, también resuelto por la Corte de Casación francesa en 1878. Porgo era de origen bávaro y siendo niño fue llevado a Prancia donde murió a los 68 años, soltero y sin descendientes, pero si dejando hermanos naturales.
Dejó también a su muerte un patrimonio compuesto de bienes muebles.
De aplicarse el derecho interno bávaro de sucesión, la herencia pasaba a los hermanos naturales. Si se aplicaba la ley interna francesa heredaba el Fisco Francés, pues la sucesión se declararía vacante.
Ahora bien, la Justicia francesa interviniente. para resolver la ley aplicable a la sucesión, se valió de la norma del derecho internacional privado que remitía para regular la sucesión a la ley del último domicilio del causante.
La cuestión era pues determinar la cantidad de derecho extranjero (bávaro) aplicable al caso: esto es si la remisión hecha por la ley francesa debía alcanzar sólo al derecho interno bávaro, designado aplicable al caso por aquella, o si
bien debía admitirse el nuevo envío (reenvío) del derecho internacional privado bávaro al derecho primitivo, reenvío de primer grado, para aplicar así derecho interno francés definitivamente al caso. Así se resolvió el caso por la Corte
de Casación.
Ricardo Balestra "Derecho Internacional privado parte general"